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IMPORTANTE

14/11/2025
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📌 Próximo martes 18 de noviembre, a las 16:15 h

📌 Salón de Actos del ICPM y online vía Zoom.

📌 Inscripción gratuita presencial o claves de acceso en srp.gestion@icpm.es

El Servicio de Representación Procesal y ProcuraMEDIA Institución de Mediación del ICPM, organizan una sesión informativa gratuita como consecuencia de las numerosas dudas que recibimos sobre la forma de practicar los medios de negociación que son aptos para cumplir el requisito de procedibilidad, los supuestos en los que no es necesario el MASC previo, y las consecuencias de la falta de aportación a la demanda de los documentos que acrediten la actividad negociadora previa al MASC.

Dado el interés del tema, y también para poder orientar a los abogados a la hora de acometer la negociación que establece la LO, presentamos esta sesión abierta a todos los colegiados. Para este fin, contaremos con dos ponentes de excepción, conocedores de la jurisprudencia menor de las Audiencias Provinciales así como de los acuerdos de unificación de criterios dictados por las Juntas de Jueces de distintos lugares de España:

- Jesús Sánchez García, exdecano del Iltre. Colegio de Abogados de Barcelona.
- Adrián Gómez Linacero, LAJ del Juzgado de Primera Instancia n.º 104 bis de Madrid.

Además, por parte del ICPM:
- Carmen Giménez Cardona, vicedecana y coordinadora del SRP.
- María Luisa Montero Correal, presidenta de ProcuraMEDIA Madrid y vocal de la Junta de Gobierno.
- Soledad Castañeda González, presidenta de la Comisión de Formación y vocal de la Junta de Gobierno.
13/10/2025
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Presentamos un nuevo número de nuestra Revista ICPM con noticias, contenidos y colaboraciones de interés profesional. En Portada, el acto celebrado con motivo del Día de la Justicia Gratuita y entrega de placas a las compañeras procuradoras Isabel Cañedo Vega, M.ª Azucena Meleiro Godino y Adela Gilsanz Madroño.

Además, reunimos a Isabel Cañedo y Adela Gilsanz en un convesatorio con Delia León, vocal 7ª de la Junta de Gobierno y copresidenta de la Comisión de JG y TO, para conocer su trayectoria profesional así como algunas de las dificultades y satisfacciones personales que les ha proporcionado la prestación de este Servicio esencial que garantiza el acceso igualitario a la Justicia.

La sección Tribuna incluye la II parte del análisis de Celso Rodríguez Padrón, presidente del TSJ de Madrid, sobre la Ley Orgánica 1/2025: reformas, transformación organizativa e implantación de los Tribunales de Instancia.

Entre las Colaboraciones, encontramos las firmas del abogado José Eugenio Gómez, sobre el cobro de costas; el juez sustituto, José Manuel Estébanez, y el abuso de personalidad de las sociedades; y el magistrado juez decano de Alcorcón, Juan Ramón Rodríguez Llamosí, sobre el Derecho y El Escorial.

Mención especial también a la participación en este número de las compañeras procuradoras, Ana López Reyes, Mª. Luisa Montero Correal y Bárbara Egido Martín.

Los ejemplares de la revista ICPM se repartirán a todos los colegiados en los casilleros de los Salones de Procuradores de Madrid y Delegaciones.
Disponible también en esta misma página web a través del siguiente enlace:

ÚLTIMAS NOTICIAS

18/11/2025
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Recibimos del Decanato de Madrid copia del Anexo III del Acta 5/2025, de Junta de Jueces de los Juzgados de lo Mercantil, por el que se aprueba la unificación de criterios de los juzgados de lo Mercantil de Madrid en materia de concurso sin masa y exoneración de pasivo insatisfecho.
18/11/2025
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El vocal de la Junta de Gobierno del ICPM y presidente de la Comisión de Justicia Gratuita y Turno de Oficio, Antonio Sánchez-Jáuregui, abordó de manera detallada y técnica el papel de los procuradores en la representación procesal en casos de justicia gratuita, y las implicaciones legales de la asignación y los límites de sus poderes.

Durante su intervención en el encuentro de Juntas de Gobierno, organizado por el CGPE en Cádiz los días 6 y 7 de noviembre, se refirió la Ley 1/2025 que modifica el artículo 25 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, reconociendo que los procuradores designados en justicia gratuita pueden realizar los actos procesales comprendidos de ordinarios dentro del procedimiento. Sin embargo, esta representación no equivale a un poder general como el tradicional, sino que está sujeta a ciertas limitaciones, ya que es una designación legal por parte del Colegio profesional, no mediante un poder otorgado por el justiciable.

Destacó que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el nombramiento de procurador de oficio suple la necesidad de otorgamiento de poder específico para actuar, ya que la función representativa es impuesta legalmente. A diferencia de los abogados, que están para la dirección técnica del proceso, los procuradores son quienes realmente representan procesalmente al justiciable. Esto, señaló, ya fue ratificado en una sentencia clave del Tribunal Supremo en 2024, STS 584/2024, que resolvió la controversia derivada de sentencias contradictorias en tribunales inferiores, especialmente en Andalucía.

Posteriormente, se refirió a las diferencias entre poderes con facultades especiales, muy limitados en los casos de procuradores por justicia gratuita, y poderes especialísimos, que "se otorgan para un negocio determinado" (art. 1712 C. Civil), y que la ley exige expresamente para ciertos procedimientos como concursos o querellas.

En el contexto de justicia gratuita, no se requiere ni se genera una relación de confianza entre el procurador y el justiciable, lo cual es distinto a lo que ocurre con procuradores elegidos libremente, afirmó. Esto implica que ciertas facultades especiales como allanarse o desistir no deberían delegarse al procurador en estos casos, sino que debería hacerlo el propio justiciable.

Por último, señaló que las limitaciones temporales y funcionales del poder conferido a estos procuradores, que se extinguen automáticamente tras dos años desde la sentencia (art. 31 LAJG), se restringe a actos procesales obligatorios en los que es preceptiva la intervención del procurador, excluyendo los facultativos, y subrayando también la importancia de la presencia del justiciable en audiencias previas, principalmente en casos en que se requieren poderes y facultades especiales, para evitar problemas de responsabilidad y asegurar que no se suplanten acciones que no ha realizado el interesado.

En resumen, la ponencia de Antonio Sánchez-Jáuregui esclareció que la representación procesal en justicia gratuita es un mandato legal otorgado a través del Colegio de Procuradores, con límites precisos en cuanto a facultades, duración y relación con el justiciable, y que es fundamental respetar estas particularidades para la correcta administración de justicia en este ámbito. También destacó la indebida aplicación del art. 30 LEC a la representación gratuita, dada su naturaleza jurídica, designación legal.

Por último, se abordó la problemática derivada de las designaciones efectuadas a requerimiento judicial del art. 21 LAJG y el cumplimiento de los requisitos contemplados en dicha disposición (designación provisional que no supone la concesión del beneficio de asistencia jurídica gratuita, imperativa obligación de tramitar el expediente para la concesión del beneficio de asistencia jurídica gratuita, carencia de recursos económicos, y designación conjunta de abogado y procurador).
17/11/2025
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Facilitamos enlace al artículo de Opinión publicado en el diario legal digital LawyerPress con la firma de la vicedecana del ICPM, M.ª del Carmen Giménez Cardona: «Eficacia versus Eficiencia»

- Me pregunto si se puede permitir que la Justicia sea distinta en función del territorio donde se presenta el procedimiento, que vaya más lento o más rápido según la mejor implantación de las nuevas tecnologías o de una nueva organización judicial.
No se trata de la capacidad económica del ciudadano, sino de la capacidad del sistema que pagamos todos.
14/11/2025
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📌 Próximo martes 18 de noviembre, a las 16:15 h

📌 Salón de Actos del ICPM y online vía Zoom.

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El Servicio de Representación Procesal y ProcuraMEDIA Institución de Mediación del ICPM, organizan una sesión informativa gratuita como consecuencia de las numerosas dudas que recibimos sobre la forma de practicar los medios de negociación que son aptos para cumplir el requisito de procedibilidad, los supuestos en los que no es necesario el MASC previo, y las consecuencias de la falta de aportación a la demanda de los documentos que acrediten la actividad negociadora previa al MASC.

Dado el interés del tema, y también para poder orientar a los abogados a la hora de acometer la negociación que establece la LO, presentamos esta sesión abierta a todos los colegiados. Para este fin, contaremos con dos ponentes de excepción, conocedores de la jurisprudencia menor de las Audiencias Provinciales así como de los acuerdos de unificación de criterios dictados por las Juntas de Jueces de distintos lugares de España:

- Jesús Sánchez García, exdecano del Iltre. Colegio de Abogados de Barcelona.
- Adrián Gómez Linacero, LAJ del Juzgado de Primera Instancia n.º 104 bis de Madrid.

Además, por parte del ICPM:
- Carmen Giménez Cardona, vicedecana y coordinadora del SRP.
- María Luisa Montero Correal, presidenta de ProcuraMEDIA Madrid y vocal de la Junta de Gobierno.
- Soledad Castañeda González, presidenta de la Comisión de Formación y vocal de la Junta de Gobierno.
12/11/2025
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Facilitamos enlace a la entrevista al decano, Alberto N. García Barrenechea, y publicada hoy por el diario Cinco Días Jurídico:

- ¿Está preparada la Administración de Justicia de Madrid para cumplir el plazo del 1 de enero de 2026 impuesto por la ley? García Barrenechea alerta sobre el caos que pueden vivir los juzgados de la capital.

- Además, profundiza en la propuesta presentada para facilitar la conciliación de procuradores y abogados, y confirma su candidatura para presidir el Consejo General.