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06/09/2023
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Fuente: https://www.administraciondejusticia.gob.es
El Servicio electrónico de Microempresas es una plataforma destinada a poder llevar a cabo el procedimiento especial para microempresas, regulado en el Libro III del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal y ha sido introducido en esta norma por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre.

Este procedimiento es aplicable a los deudores, sean personas naturales o jurídicas, que llevan a cabo una actividad empresarial y se encuentran en probabilidad de insolvencia, en estado de insolvencia inminente o en insolvencia actual, siempre que reúnan las siguientes características:
- Haber empleado durante el año anterior a la solicitud a una media de menos de 10 trabajadores.
- Tener un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

La cumplimentación de los formularios ha de realizarse en línea a través del Servicio electrónico de Microempresas.

Facilitamos enlace a los archivos Excel modificados para mejorar y facilitar la carga de datos, plantillas de activos y pasivos así como a las guías para su rellenado:
04/09/2023
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Facilitamos enlace a la Circular 3/2023 del TSJM sobre la entrada en vigor de la Instrucción 2/2021 y archivo de documentación de originales, validez del expediente judicial electrónico en los juzgados de primera instancia generalistas, hipotecarios, familia y contencioso-administrativo del partido judicial de Madrid.

Además, se recoge que mientras la Sala de Gobierno no declare el expediente judicial electrónico válido en los juzgados de instrucción y la parte penal de los juzgados de primera instancia e instrucción de todos los partidos judiciales de la Comunidad de Madrid, dichos órganos judiciales deberán tramitar los procedimientos de forma electrónica y en papel.

CALENDARIO:

- 1 de octubre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de Alcobendas, Colmenar, Torrelaguna, Majadahonda y Pozuelo.
- 1 de noviembre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de San Lorenzo del Escorial, Alcalá de Henares, Collado Villalba, Torrejón, Coslada, Arganda del Rey, Leganés y Valdemoro.
- 1 de diciembre: en los juzgados de primera instancia y en la parte civil de los juzgados de primera instancia en instrucción de los partidos judiciales de Getafe, Aranjuez, Parla, Navalcarnero, Fuenlabrada, Móstoles y Alcorcón.

TRAMITACIÓN de los procedimientos: los letrados de la Administración de Justicia destinados en los juzgados de lo social y mercantil del partido judicial de Madrid seguirán las pautas que se mencionan en dicha circular.
04/09/2023
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Recordamos el aviso de parada previsto para este próximo viernes:

- El servicio LexNET se verá interrumpido el viernes 8 de septiembre de 2023, desde las 20:00 hasta las 23:00 horas por por el mantenimiento de aplicaciones externas a la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.
04/09/2023
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Como continuación a las informaciones publicadas en esta misma web desde finales de marzo damos traslado del contenido de la Diligencia de Constancia del decanato recibida hoy, comunicando que se ha procedido a enviar a los juzgados las demandas de inicio y ejecuciones pendientes presentadas hasta el 8 de junio y el 7 de junio de 2023, respectivamente.
04/09/2023
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En el día de hoy se ha procedido al abono a los colegiados de las cantidades pendientes de la Comunidad de Madrid correspondientes al mes de junio, así como del Ministerio de abril y mayo.