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Noticia

18/09/2024
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El BOE de hoy publica el Real Decreto 913/2024, de 17 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

1. ARANCEL: según se indica en las disposiciones generales, la disposición final primera del presente real decreto procede a modificar puntualmente el Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura.

Además, se indica que por seguridad jurídica, la modificación se efectúa con la finalidad de adecuar, de una parte, la redacción del apartado 3 de su artículo 26, que quedaba incompleta al haberse omitido su inciso final y, de otra parte, el contenido que presenta la letra a) de su artículo 50, debiendo suprimirse la referencia que consta en dicho precepto al posterior traslado ante el Juzgado de Primera Instancia, en atención al vigente texto del apartado 1 del artículo 458 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, que prevé que el recurso de apelación se interpondrá ante el tribunal que sea competente para conocer del mismo.

2. SIRAJ: Por otro lado, el presente Real Decreto regula el SIRAJ, fuente de información para determinadas administraciones u organismos públicos que tienen el deber de materializar la ejecución de determinadas penas y medidas, incluso en algunos casos con alcance fuera del territorio español.

Entre otros, se reduce de cinco días a tres el plazo máximo en que los letrados de la Administración de Justicia deben remitir la información penal inscribible en los Registros Centrales de Penados, Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias No Firmes, Rebeldes Civiles y Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOE.