Los asuntos de la misma naturaleza que los que son objeto de este acuerdo de especialización se continuarán conociendo hasta su conclusión, por los órganos judiciales a los que se atribuyó su inicial conocimiento.
La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2023.
Respecto a la propuesta de extender la especialización del Juzgado de Primera Instancia número 105 de Madrid, al conocimiento, con carácter exclusivo y no excluyente, a demandas de «acciones ejercitadas frente a entidades bancarias y financieras relativas a contratos bancarios como productos financieros y de inversión», concretándose la especialización en el reparto a la unidad funcional (a la que hará que cambiar su denominación actual) las 1.500 primeras demandas de la clase de reparto C33.ª, reduciendo a una media de 17 asuntos mensuales por juzgado, no ha lugar a la misma sin perjuicio de que pueda llevarse a cabo un estudio específico y proponerse una solución concreta que se adapte a las peculiaridades de esta clase de asuntos.