1. Atribuir el uso de la sala de vistas 8 del edificio de la calle Julián Camarillo 11, entre los Juzgados de lo Penal 14 y 20.
2. Las salas de vistas 1 y 3 atribuidas a los Juzgados de lo Penal 3 y 19, serán utilizadas por el resto de los Juzgados de lo Penal los días que los Juzgados 3 y 19 no tengan señalamientos.
3. Los Juzgados de lo Penal 3 y 19 comunicarán con ese Decanato, antes del día 31 de diciembre de cada año, aquellos días de la semana en los que utiliza las salas de vistas 1 y 3, para que pueda autorizarse su uso por otros juzgados.
4. La sala de vistas 13, situada en la planta 4ª, queda libre y excluida de la distribución general y a disposición de todos los Juzgados de lo Penal del edificio, previa reserva en el Decanato.
5. Este Acuerdo gubernativo entrará en vigor el día 1 enero de 2023.