De esta forma se intenta evitar que los mandamientos de pago puedan resultar incobrados como consecuencia de las limitaciones de movilidad derivadas del estado de alarma, lo que obligaría a su nueva emisión y entrega, por lo que TODOS LOS MANDAMIENTOS DE PAGO EMITIDOS ENTRE EL 11 DE FEBRERO Y EL 31 DE MAYO DE 2020, TENDRÁN UNA CADUCIDAD DE SEIS MESES, y no la habitual de tres meses, a pesar de lo que los mismos indiquen expresamente.
Los mandamientos emitidos antes del 11 de febrero ya se encuentran caducados, siendo por tanto imposible ampliar su vigencia, por lo que los pagos que documentan deberán ser efectuados nuevamente, siempre que sea posible mediante transferencia.