Por tanto, las futuras instrucciones y circulares que deban publicarse en el BOE aparecerán recogidas en un epígrafe distinto al de ?Administración de Justicia?, bajo el que habían aparecido publicadas hasta ahora. El nuevo capítulo se denomina ?Ministerio Fiscal?, que es como aparece nombrada la institución en el artículo 124 de la Constitución.
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