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29/05/2018
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Fuente: Comunicación Poder Judicial
El Tribunal Supremo aplica por primera vez "perspectiva de género" y condena por intento de asesinato, en lugar de homicidio, a hombre que asestó ocho puñaladas a su mujer.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha aplicado por primera vez la perspectiva de género en un caso de intento de asesinato y maltrato de un hombre a su pareja. Así, ha elevado de 12 años a 16 años y 8 meses de prisión la pena impuesta al acusado al entender que el delito que cometió fue un asesinato en grado de tentativa con la agravante de parentesco, en lugar de un homicidio intentado, al apreciar la existencia de alevosía en el agresor por la nula capacidad de defensa de la mujer a la que asestó ocho puñaladas delante de su hija.

En su sentencia, el tribunal analiza desde una perspectiva de género la acción desplegada por el hombre sobre la mujer, lo que supuso un aseguramiento de la acción agresiva.

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