El error se produce en la nueva tabla de penas, que para los delitos leves llega a tres meses y la de los delitos menos graves es "desde tres meses", en lugar de "tres meses y un día". Eso que puede parecer un mínimo matiz provoca problemas técnicos notables, según explica la fiscal general en la circular. Por ejemplo, alguno de esos delitos (sustracción de cosa propia, la ocupación de inmuebles, la alteración de lindes o el uso de un terminal de telecomunicaciones ajeno, entre otros) son competencia del jurado y, sin embargo, los delitos leves no son juzgados por un tribunal popular.
El Ministerio de Justicia estudia estos días cómo salir del error y, solo tiene dos opciones: dar por cierta la degradación involuntaria de los 16 delitos menos graves o intentar buscar soluciones técnicas con reformas exprés a través de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que se tramita actualmente.