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18/01/2016
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Como continuación a las anteriores Circulares, os trasladamos información referente al acta de la Comisión Mixta celebrada el pasado 14 de enero de 2016, con la presencia del Secretario General de la Administración de Justicia, representantes del CGPJ, Fiscal Superior de la Comunidad de Madrid, Abogacía del Estado del TSJ de Madrid, así como de los Colegios Profesionales (Abogados, Decano de Procuradores y Graduados Sociales), la Gerencia de ICM, Subdirector General de Personal, relativa a la presentación de escritos anteriores al 1 de enero de 2016, que encontrarás en el siguiente enlace:
15/01/2016
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- El Decano del Colegio de Procuradores de Madrid inauguró la sede.
- Gracias a la reforma de la LEC los emplazamientos bajan de mes y medio a 5 días.

El Decano del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid (ICPM) Gabriel María de Diego Quevedo, inauguró ayer jueves 14 de enero la sede del Servicio de Actos de Comunicación del ICPM, ubicada en el Salón de los Procuradores de los Juzgados de 1ª Instancia de Madrid. El acto fue presidido por el máximo responsable del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Francisco Javier Vieira Morante. Acudieron, además, Juan Carlos Estévez (Presidente del Consejo General de Procuradores), Eduardo de Porres (Presidente de la Audiencia Provincial de Madrid) y José Palazuelos Morlanés (Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia), entre otros.

El Servicio de Actos de Comunicación del ICPM fue creado al amparo de lo previsto en la Ley 42/2015 que ordena a los Colegios de Procuradores la puesta a disposición de sus colegiados de servicios necesarios para la práctica de los actos de comunicación. Los procuradores que desde el 2009 tienen esta competencia, han sido reconocidos ahora con capacidad de certificación, lo que supone un abaratamiento en el coste del servicio y en los tiempos para su realización, lo que sin duda es un beneficio para el justiciable y para la administración.

El Decano afirmó que la reforma de la LEC supone un momento ?histórico y revolucionario, y una consolidación a la labor de servicio público de la procura?. José Pedro Vila, procurador, dijo durante su intervención que gracias a la reforma de la LEC ?los procuradores ya pueden hacer los emplazamientos en 5 días, en lugar de la media de mes y medio?.

El Presidente del Consejo General de Procuradores recordó que ?ha habido que recorrer un gran camino desde finales de los 80 para que finalmente se reconozca a los Colegios de Procuradores como armas para cooperar con la Administración de Justicia? y definió el momento actual como ?un logro por conseguir que los procuradores tengamos actos de comunicación?.

El Presidente de la Audiencia Provincial destacó que ?los procuradores son el único colectivo en estos momentos que ha aprovechado la reforma de la LEC y que gracias a sus esfuerzos se agilizará la Administración de Justicia y dará un mejor servicio a los ciudadanos.?

El Presidente del Tribunal Superior de Justicia coincidió con los anteriores y puso especial énfasis en que los procuradores ?han contribuido a la modernización de Justicia y es gracias a ellos que se está consiguiendo entrar en papel cero, con la presentación telemática?. Señaló que ?no ha sido una labor de un día, sino de años.? Finalizó dando la enhorabuena a los procuradores y al Colegio de Procuradores de Madrid, y resaltando que ?hemos aprendido mucho, pero tenemos mucho por aprender para seguir modernizando la Administración de Justicia.?

Al finalizar el acto, el Presidente del TSJ descubrió una placa conmemorativa.
14/01/2016
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Recordamos que mañana viernes 15 tendrá lugar la conferencia impartida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia, Excmo. Sr. Don Francisco Vieira Morante, a las 13.00 h. en el Salón de Actos del TSJ, sobre el tema ?La acción de anulación del Laudo Arbitral?.

Entrada libre hasta completar aforo.
Inscripción indicando nombre completo a la dirección: centrodeformacion@icpm.es

(Con la colaboración de la Universidad Rey Juan Carlos)
13/01/2016
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Fuente: CGPE
Recibido el texto del Reglamento de Régimen Interior del Consejo General de Procuradores, aprobado en la reunión del Pleno de esa Corporación en sesión extraordinaria de fecha 13 de febrero de 2015, que incluye las modificaciones aprobadas en el Pleno Ordinario celebrado el pasado 11 de diciembre de 2015, facilitamos el acceso al mismo a través del siguiente enlace a la web CGPE:
13/01/2016
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Por su importancia, facilitamos en documento adjunto el texto completo del Acuerdo recibido el día de ayer, destacando el apartado b) del capítulo I), que dice:

?b) Presentación de escritos no iniciadores del procedimiento, dirigidos a un asunto ya repartido:

1. Los escritos no iniciadores del procedimiento, dirigidos a un asunto ya repartido, DEBERÁN PRESENTARSE por medios telemáticos o electrónicos DIRIGIDOS AL JUZGADO QUE CONOZCA DE LA CAUSA, a través del buzón de cada uno de esos Juzgados que habrá de habilitarse a tal fin, si no se hubiera habilitado ya, Y NUNCA A TRAVÉS DE LA OFICINA DE DECANATO DE MÓSTOLES, QUE NO RECEPCIONARÁ ESE TIPO DE DOCUMENTOS EN TANTO NO SE INCREMENTE LA PLANTILLA A FIN DE PODER ASUMIR ESTA FUNCIÓN.

2. Los escritos de esta naturaleza que se presenten a través de la Oficina de Decanato a partir de la notificación del presente acuerdo SE TENDRÁN POR NO PRESENTADOS, SIN QUE DESDE LA OFICINA DE DECANATO PROCEDA LA REMISIÓN AL JUZGADO AL QUE SE DIRIJAN, DECLINÁNDOSE TODA RESPONSABILIDAD EN RELACIÓN A LOS ESCRITOS INDEBIDAMENTE REMITIDOS, POR FALTA DE PERSONAL QUE PUEDA RECEPCIONAR Y REPARTIR TAL CANTIDAD DE ESCRITOS SIN DILACIONES, Y EN ARAS A UN NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.

En relación a los escritos de esta naturaleza ya presentados en la Oficina de Decanato ANTES de la notificación del presente acuerdo, se deberán presentar en la forma indicada en el apartado 1.A.b) 1, es decir, por medios telemáticos o electrónicos ante el Juzgado que conozca de la causa, en el plazo de un día desde la notificación del presente acuerdo, junto con certificación acreditativa de la presentación telemática indebida en Decanato, a fin de que el Juzgado al que van dirigidos lo tenga por presentado en el momento de su presentación por vía telemática en Decanato.

3. En caso de imposibilidad de presentar los referidos escritos por vía telemática o electrónica ante el Juzgado que conozca de la causa, se trasladará a ICM la incidencia al objeto de que adopte las medidas necesarias a tal fin con la mayor urgencia posible.

En tanto ICM adopta las medidas oportunas, los escritos dirigidos a causas ya repartidas serán presentados en la forma tradicional, mediante presentación en papel ante el Juzgado que conozca de la causa, conforme al apartado c) que se indica a continuación, al no haberse dotado a este Partido Judicial de los instrumentos tecnológicos y del personal necesario para asegurar una adecuada y eficiente gestión que garantice un normal y adecuado funcionamiento de la Administración de Justicia, sin dilaciones indebidas y sin disfunciones.?