Fuente: Gabinete de Comunicación del Ministerio de Justicia
- Se destinarán 33,9 millones de euros en materia de asistencia jurídica gratuita al Consejo General de la Abogacía Española y 2,8 millones al Consejo General de Procuradores de España
- El Gobierno adelanta los pagos de las subvenciones que se efectuarán ahora con periodicidad mensual
El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, aprobó el pasado vienes día 16 el Real Decreto por el que se regula la concesión directa de subvenciones por valor de 37,6 millones de euros en el ejercicio de 2018 al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de Procuradores de España en materia de asistencia jurídica gratuita y al Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos para la asistencia psicológica a las víctimas de delitos.
De acuerdo con el Real Decreto, se destinarán en el ámbito del Ministerio de Justicia 33,9 millones de euros al Consejo General de la Abogacía Española y 2,8 millones al Consejo General de Procuradores de España para la prestación de la asistencia jurídica gratuita. Los servicios que se financian con cargo a esta subvención son el asesoramiento previo a quienes quieran reclamar la tutela judicial de sus derechos e intereses, la asistencia por parte de un abogado al detenido, preso o imputado que no lo hubiera designado, así como la defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial.
El pago de las subvenciones se distribuirá entre los colegios del ámbito territorial del Ministerio de Justicia en función del número de actuaciones profesionales realizadas y de los baremos establecidos y se efectuará mensualmente, en lugar de una vez finalizado cada trimestre como se venía haciendo hasta ahora. Es esta una iniciativa ampliamente demandada por la abogacía y la procura para agilizar la percepción de sus correspondientes retribuciones y permitir que los profesionales puedan cobrar con más inmediatez.
En 2017 se atendieron 276.695 asuntos mediante el servicio de asistencia jurídica gratuita en el territorio gestionado por el Ministerio, de los cuales 22.360 fueron asuntos relativos a violencia de género.
Enlace a la nota de prensa:
Acuerdo adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo General de Procuradores de España en la mañana de hoy viernes 16 de febrero de 2018, en orden a la designación de la Junta Provisional del Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid.
Como continuación a la información facilitada sobre las medidas adoptadas por el ICPM, actualizamos a día de hoy:
- Se comunica el FIN DE LAS MEDIDAS URGENTES Y TEMPORALES adoptadas el pasado día 5 de febrero, motivadas por las condiciones meteorológicas que impidieron la circulación de vehículos por algunas carreteras de nuestra comunidad autónoma.
En relación con la sentencia del TSJ de Madrid de fecha 7 de febrero de 2018, que confirma la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 34 de Madrid por la que se anulaba la proclamación de candidatos electos a la Junta de Gobierno del ICPM de 24 de febrero de 2015, y por tanto el resultado de las elecciones de la Junta de Gobierno actual,
COMUNICA
1. Que la Sala 3ª del Tribunal Supremo en su sentencia de 15 de junio de 2015 declaró la nulidad de los Estatutos del ICPM de 2011 (publicados en el BOCM nº 20 de 25 de enero de 2011), esencialmente por un defecto de forma consistente en no haber sido revisados los mismos por el Consejo General de Procuradores de España para su aprobación y posterior remisión a los órganos competentes de la Comunidad de Madrid.
2. Que la Sección 6ª del Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo) en su sentencia de 7 de febrero de 2018, teniendo en cuenta la citada Sentencia del Tribunal Supremo, se pronunció básicamente sobre las siguientes solicitudes de nulidad:
- Voto en la sede del ICPM (acuerdo de 09.02.2015)
- Voto por correo (acuerdo de 06.03.2015)
- Inadmisión de recurso de reposición (12.06.2015)
- Proclamación de Electos (24.02.2015)
3. Que el TSJ finalmente resolvió en su sentencia de 7 de febrero de 2018 favorablemente a la solicitud de nulidad de los actos que se hubieran dictado al amparo de los Estatutos anulados por el Tribunal Supremo, nulidad que tiene efectos ?ex tunc? desde la aprobación del Estatuto de 2011, afectando a todos los actos subsiguientes que al mismo conciernen, SI NO FUERAN FIRMES. Así concluye que la declaración de nulidad se extiende a los actos examinados en la medida en que se dictan al amparo de los Estatutos de 2011 que han sido anulados.
En consecuencia,
Que si bien, no es firme la sentencia de la Sección 6ª del Tribunal Superior de Justicia del día 07.02.2018 (Sala de lo Contencioso-Administrativo), el Excmo. Sr. decano del ICPM, Don Gabriel Mª. de Diego Quevedo y los miembros de su Junta de Gobierno han presentado SU DIMISIÓN, lo que dará lugar a la constitución de una Junta Provisional designada de entre los colegiados ejercientes de mayor antigüedad, que convocará las próximas elecciones, tal y como se prevé en los Estatutos del Consejo General de Procuradores de España y del Ilustre Colegio de procuradores de Madrid.
El decano del Ilustre Colegio de Procuradores y su Junta de Gobierno desean manifestar por la presente su voluntad de presentarse a las nuevas elecciones.
En Madrid a 13 de febrero de 2018
Esta misma mañana ha tenido lugar la reunión informativa convocada en el salón de actos de la sede de nuestro Consejo General en la c/ Serrano Anguita nº 8-10, en relación a la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 34 de Madrid, por la que se anulaba la proclamación de candidatos electos a la Junta de Gobierno del ICPM de 24 de febrero de 2015.
Han tomado la palabra el decano Gabriel Mª de Diego y la vicedecana Rocío Sampere, para facilitar cumplida información sobre el tema, y a continuación se ha procedido a dar lectura de un comunicado oficial con fecha de hoy mismo, dándose por finalizada la reunión tras el correspondiente turno de preguntas de los colegiados presentes en el acto.