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Fecha publicación hasta
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24/10/2018
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Fuente: WWW.madrid.es
?El texto, que sustituye al de 2005, reduce la velocidad a 30 km/h en las calles con un carril por sentido o un solo carril, regula los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU) e incluye los cambios de movilidad previstos en el Plan A y en el Protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno

?Los patinetes eléctricos no podrán circular por aceras, pero sí por carriles bici y calles a 30 km/h o menos

?A partir del 24 de abril, seis meses después de la publicación de la Ordenanza, vehículos y ciclomotores deberán llevar visibles los distintivos ambientales de la DGT

Más información en el siguiente enlace:
22/10/2018
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Fuente: EL PAÍS
Facilitamos enlace a la noticia sobre la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid sobre un caso de estafa grave en el que la víctima fue un discapacitado intelectual. El juicio se celebró a finales de julio y, dado que el afectado es una persona ?con un 42 % de discapacidad, inteligencia límite y trastorno de personalidad asociado?, los magistrados decidieron, por primera vez, evitar en su dictamen todo tecnicismo para que el implicado lo entendiera.

El tribunal, presidido por el magistrado David Cubero, tomó dos decisiones: por un lado, buscar a una persona que estuviese con él durante la vista y le explicase lo que allí estaba sucediendo; y, por otro, redactar una sentencia lejos de los tecnicismos jurídicos, para que la víctima entendiese la resolución a través de un fallo de los llamados de lectura fácil.

Junto al encabezamiento figura el número de sentencia, la 517/2018, y el remitente: Audiencia Provincial de Madrid. Los distintos pasajes del fallo -sobre un hecho real y nombres auténticos- se caracterizan por la sencillez. No hay en ella ningún formulismo jurídico y sigue la misma estructura que las sentencias normales: hechos probados, fundamentos de derecho, fallo...

Enlace a la noticia:
22/10/2018
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Damos traslado de la noticia recibida en relación al contenido del informe realizado por William Mercer?s -una de las entidades de consultoría más importante a nivel mundial- en el cual y dentro del capítulo relativo a la solvencia de Mutualidades, se recoge la situación de las ocho primeras de España apareciendo la Mutualidad de Procuradores como la tercera, con el mayor ratio de solvencia, y por encima de las entidades más relevantes.

Enlace a la carta informativa de nuestra Mutualidad:
22/10/2018
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Fuente: www.fiscal.es
En el Salón de Actos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha tenido lugar hoy la toma de posesión de Pilar Rodríguez Fernández como nueva responsable de la Fiscalía madrileña.

La fiscal general del Estado, Mª José Segarra, ha presidido el acto y destacado en sus palabras la idoneidad de Pilar Rodríguez para liderar esta Fiscalía, la mayor de España, de la que ya fue decana y a la que ahora vuelve para asumir los nuevos retos a los que se enfrenta. Y los abordará ?con toda lealtad institucional y con el debido respeto a los ámbito competenciales respectivos, a los letrados de la administración de justicia, al poder judicial, a los letrados y procuradores?.

La Fiscal General ha avanzado entre otros temas, la próxima aprobación de un Código Ético para la carrera fiscal, concebido como un contrato con la sociedad, y ha explicado que concibe la Fiscalía como una institución de puertas abiertas para los profesionales de la justicia y para los medios de comunicación.

Por su parte, Pilar Rodríguez ha explicado que como nueva Fiscal Jefe establecerá ?una comunicación abierta y clara? con los fiscales, escuchando al fiscal que lleva cada caso. En su opinión, se trata de aprovechar la ventaja que tienen los fiscales de poder trabajar en equipo.

En representación de la procura madrileña ha asistido al solemne acto nuestro decano, Gabriel Mª de Diego.

En la imagen de izda. a dcha. José Palazuelos (secretario de gobierno del TSJ), Jesús Caballero Klink (fiscal superior), Pilar Rodríguez Fernández (nueva fiscal jefe provincial) y Yolanda Ibarrola (consejera de Justicia de la Comunidad).
22/10/2018
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En el empeño de mejorar la Administración de Justicia, los poderes públicos van a incentivar el uso del mecanismo de la mediación. Por esa razón, y para seguir prestando la colaboración necesaria al buen funcionamiento de la Administración de Justicia, se hace necesario formar mediadores y colaborar en la mejora de la formación de todos aquellos que ya lo son.

Por ello presentamos 6 módulos de mediación de 20 horas cada uno. Se han diseñado con la intención de cumplir los requisitos de formación que exige el RD 980/13 de 13 diciembre que desarrolló la Ley 5/2012 sobre Mediación Civil y Mercantil. Con la realización de alguno/s de estos módulos se puede completar la formación de aquellos que ya son mediadores y con la realización de todos ellos se obtiene la formación necesaria para conseguir el número de horas que da acceso al Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.

MÓDULOS:
1. La mediación y sus principios. 10 horas de formación online y 10 horas presenciales
2. Técnicas de mediación. Formación presencial: 20h.
3. Supuestos de mediación civil y mercantil. Formación presencial: 20h.
4. Mediación penal. Formación presencial: 20h
5. Supuestos prácticos de mediación familiar. Formación presencial: 20h
6. Casos prácticos de mediación civil y mercantil . Formación presencial: 20h.

- Profesorado: Se contará con profesionales altamente cualificados: magistrados, profesores expertos en mediación y mediadores.
- Clases: presenciales viernes de 16 a 21 h. y sábados de 9 a 14 h. Duración de cada módulo 20 horas
- Aforo: 20 alumnos
- Precio de cada módulo de 20hs. para colegiados: 105 ? (IVA incluido)
- Precio de cada módulo de 20hs.para no colegiados: 146,41 ? (IVA incluido)
- Transferencia Bancaria c/c Bco. Popular ES24/0075/0322/8106/0030/4863
- Inscripción: envío justificante del pago al email centrodeformacion@icpm.es junto con los datos personales especificando el/los módulo/s a los que desea asistir.

(Solo se impartirán aquellos módulos que lleguen a un mínimo de inscripciones.
Una vez inscrito y abonado el curso o módulos, sólo se devolverá la totalidad de la misma siempre que se solicite con al menos cuatro días hábiles de anterioridad a la celebración. Si se solicita con menos de cuatro días hábiles, se penalizará con la devolución del 50% del importe abonado, salvo por motivos justificados)