Ante la situación creada por la epidemia del coronavirus, la Junta de Gobierno del ICPM en consenso con la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, manifiesta:
1. Los abogados y procuradores se encuentran entre los principales usuarios de la Administración de Justicia y, por tanto, están asumiendo un riesgo de contagio en el ejercicio diario de su profesión.
2. Nos consta que la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y el Consejo General del Poder Judicial están valorando las posibles medidas a tomar ante la situación creada. No obstante ello, entendemos que cualquier decisión que se tome deberá contar con la participación y el consenso tanto del Iltre. Colegio de Abogados de Madrid como del Iltre. Colegio de Procuradores de Madrid.
3. Desde el ICAM y el ICPM solicitamos del Consejo General del Poder Judicial, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de cualquier otra autoridad que resulte competente sobre la materia, que acuerden la suspensión de todas las vistas y actuaciones judiciales que no tengan el carácter de urgentes, decisión que rogamos se comunique a los Colegios para que, por nuestra parte, podamos informar a todos los colegiados/as.
Fuente: www.confilegal.com
- Sólo se hará cuando lo pidan los jueces y previa autorización
Facilitamos enlace a la noticia publicada por el diario digital CONFILEGAL, en relación con la reunión extraordinaria de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial celebrada hoy para hacer frente a la crisis del coronavirus, en la que se ha acordado arbitrar medidas que permitan no suspender con carácter general todos juicios y declaraciones ya señaladas en los diferentes órganos judiciales.
Cualquier cierre o suspensión tendrá que adoptarse por el juez, previa autorización del presidente del tribunal superior de justicia correspondiente y con ratificación de la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces.
Esto es lo que ha trascendido hasta el momento de esta reunión que comenzó a las 9 de la mañana.
Enlace a la noticia:
Fuente: CGPJ
La Comisión Permanente ha aprobado hoy una instrucción que contempla dos escenarios, uno general y otro para los territorios en los que se hayan establecido medidas especialmente intensas para limitar la propagación del coronavirus COVID-19.
En el escenario 2, los jueces podrán suspender actuaciones procesales ya acordadas por razones sanitarias, lo que precisará de previa autorización del presidente del TSJ o de la Audiencia Nacional y de ratificación posterior por el Consejo. Se constituye una Comisión de Coordinación y Seguimiento que podrá proponer nuevas medidas a la vista de las recomendaciones sanitarias y de las incidencias que comuniquen los presidentes de los distintos tribunales.
Entre las recomendaciones generales se incluyen las medidas de conciliación de la vida personal y laboral, el teletrabajo o la dispensa del uso de la toga.
Enlace al comunicado:
Debido a la situación sanitaria causada por el brote del coronavirus SARS-CoV-2 y siguiendo el principio de precaución, nuestro decano, Gabriel Mª de Diego, está en contacto con las autoridades judiciales para hacer un seguimiento de la evolución.
El Colegio cumplirá con todos los protocolos de las autoridades sanitarias y adoptará las medidas de prevención necesarias para minimizar el riesgo de transmisión en contraer el COVID-19.
A este respecto, el Ministerio de Sanidad ha afirmado que las decisiones que afecten a actuaciones procesales y que deban ser adoptadas por los órganos judiciales con ocasión de las incidencias que pudieran surgir "habrán de sujetarse al margo gubernativo, procesal y competencial que regula la actividad de los mismos".
Facilitamos enlace a la carta dirigida por la Comisión Permanente del CGPJ a los presidentes de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia:
El diario digital CONFILEGAL publica hoy un artículo firmado por la compañera procuradora y vocal de la Junta de Gobierno del ICPM, Carmen Giménez Cardona, en el que subraya la gran potencialidad que entraña la procura para acelerar la justicia y hacerla más eficaz.
- "...no podemos obviar que para el ciudadano, la eficiencia del sistema se demuestra en la efectiva realización de las sentencias dictadas. Se constata que el punto débil es la ejecución de las resoluciones judiciales."
- "Sin caer en la autocomplacencia, hay que reconocer que los procuradores hasta la fecha han colaborado en la digitalización de la Justicia, al ser conscientes de que la tramitación electrónica de los expedientes daría seguridad y fiabilidad al sistema. Igualmente han coadyuvado a obtener una mayor rapidez en la tramitación de los mismos, mediante la práctica de los actos de comunicación.
Ahora sólo queda que la legislación nacional les otorgue mayores competencias en materia de ejecución, llegando a reconocerles la condición de agentes de la ejecución, dotándoles de una mayor autonomía para la realización de sus trámites, en colaboración con jueces y letrados de la Administración de Justicia, al servicio de un proceso de ejecución más ágil y con mejores resultados..."
Enlace al artículo completo: