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16/07/2020
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Fuente: Circular 65/20 de 15 de julio
Informamos de las novedades en la prestación del servicio de representación gratuita:

1. El Reglamento 2/2017 de Organización y Funcionamiento de los Servicios de Representación Gratuita y Turno de Oficio del ICPM, aprobado en junta general extraordinaria de fecha 23 de marzo de 2017, ENTRARÁ EN VIGOR EL 1 DE SEPTIEMBRE.

2. De conformidad con los datos obtenidos en la consulta/encuesta de adscripción voluntaria al servicio de representación gratuita, realizada a principios del presente año, a propuesta de la Comisión de Justicia Gratuita del ICPM, la Junta de Gobierno ha adoptado el acuerdo, en uso de las facultades establecidas en el art. 1 y 5 del citado Reglamento, de establecer como OBLIGATORIA LA ADSCRIPCIÓN AL SERVICIO, todo ello a fin de impedir que el servicio quede desprovisto del número de procuradores necesario para su adecuado funcionamiento y fin al que está destinado, asegurando un nivel de calidad y de competencia profesional que garantice el derecho constitucional a la defensa, habida cuenta de que el número de profesionales que manifestaron su voluntad de adscribirse voluntariamente al servicio era manifiestamente insuficiente para garantizar la adecuada prestación del mismo, regulándose conforme a lo establecido en el capítulo III del reglamento.

3. Así mismo por la Junta de Gobierno se ha adoptado el acuerdo de:
a) Crear un turno especial de violencia de género.
b) Permitir que se asuma una tercera cesión del turno obligatorio.

La entrada en vigor de estos acuerdos queda condicionada a la correspondiente regulación y posibilidad técnica de su implantación.

4. En aplicación de lo establecido en el art. 22 L.A.J.G. y su interpretación jurisprudencial y, en cumplimiento del deber de garantizar, en todo caso, la prestación continuada del servicio atendiendo a criterios de funcionalidad y eficiencia en la aplicación de los fondos públicos, se establece una LIMITACIÓN TERRITORIAl, organizándose la prestación del servicio mediante la demarcación de zonas territoriales (coincidentes con la delimitación de los partidos judiciales), y , en consecuencia, la designación de turno de oficio tiene validez y eficacia única, y exclusivamente en la demarcación territorial para la que se efectúa.

En consecuencia, cuando en la tramitación del procedimiento o de sus recursos, se produzca cambio de demarcación territorial el procurador designado vendrá obligado a presentar escrito ante la instancia oportuna haciendo constar su falta de designación para la prestación del servicio en dicha demarcación territorial así como la necesidad de recabar del ICPM la correspondiente la designación de nuevo procurador que se haga cargo de la representación ante el nuevo tribunal.

5. Anulacion de las predesignaciones: con fecha 1 de septiembre de 2020 se anulan las predesignaciones, no se efectuaran nuevas y, las que a la misma fecha no se hubieran activado, quedaran sin efecto.

6. Nueva regulación de la tramitacion de los recursos de apelación: conforme a lo establecido en el art. 21.1º.a) del nuevo Reglamento de organización y funcionamiento de los servicios de representación gratuita y turno de oficio del ICPM, la forma de tramitar la personación en los recursos de apelación es:

- Para la tramitación de Recurso de Apelación el procurador que ostente la representación ante la instancia vendrá obligado a presentar, en plazo, escrito ante la Audiencia Provincial, o en su caso el órgano jurisdiccional competente, comunicando que su designación carece de valor para actuar en esta demarcación territorial y solicitando se oficie al ICPM para que procedan a designar procurador adscrito al servicio en la demarcación de Madrid-capital que asuma la representación.

Como consecuencia de esta nueva regulación:
a) Se suprime la obligación de comunicar por email al procurador predesignado el emplazamiento para comparecer en el recurso de apelación como consecuencia lógica de la anulación de las ya mencionadas predesignaciones.
b) Facilitamos enlace a un modelo de escrito para la personación ante la Audiencia Provincial y comunicación de falta de designación colegial para actuar en esta demarcación territorial

7. Otras consideraciones:
A) La entrada en vigor del presente Reglamento no afectará a las designaciones efectuadas con anterioridad al mismo.
B) Al haberse acordado la adscripción obligatoria al Servicio de Representación Gratuita, los procuradores adscritos al mismo lo seguirán prestando en las mismas condiciones que lo venían haciendo, sin perjuicio de la solicitud de modificaciones que presente cada procurador y que se harán efectivas trimestralmente.
C) Los requisitos de adscripción al servicio se dan por cumplidos a los profesionales que vengan prestándolo, según el turno al que se encuentren adscritos y en condiciones equivalentes.

16/07/2020
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LexNET Justicia informa de la interrupción del servicio desde MAÑANA VIERNES a las 20.00 h. hasta el domingo día 19 a las 18.00 h. con motivo del despliegue de una nueva versión.

Facilitamos enlace al documento donde se detallan las nuevas funcionalidades y mejoras incluidas en la versión 4.20 de LexNET:
15/07/2020
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Reproducimos el contenido del siguiente aviso:

- El Tribunal de la Rota comunica que permanecerá cerrado desde el próximo día 16 de julio hasta el 31 de agosto, ambos inclusive, con motivo de las vacaciones de verano.

(Todos los escritos de vencimiento deberán presentarse obligatoriamente el 1 de septiembre)
15/07/2020
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El Colegio ha firmado un convenio de colaboración con el Banco Sabadell en virtud del cual la entidad pone a disposición de colegiados, empleados y sus familiares de primer grado, productos y servicios financieros personalizados y en condiciones preferentes, adaptados a su economía profesional y personal (autónomos, familias y despachos profesionales).

Se trata de una oferta con productos de ahorro-inversión, de financiación y servicios. Destacan, entre otros: fondos de inversión; préstamos de estudios para financiar la formación universitaria, estudios de posgrado o estudios profesionales; anticipo de la nómina; leasing inmobiliario y mobiliario; préstamos hipotecarios; avales bancarios para garantizar el cumplimiento de obligaciones contraídas ante terceras partes (administraciones públicas, proveedores, etc.); préstamos profesionales; o el abono del 10% de la cuota de colegiado hasta un máximo de 50 euros, para cuotas domiciliadas en cuentas de la gama Expansión, para nuevos clientes, entre otros.

En palabras de nuestro decano, Gabriel M.ª de Diego, "garantizar la tranquilidad económica, tanto profesional como personal de los colegiados y empleados, es un acto necesario de solidaridad, justicia y reciprocidad". Por su parte, Eduardo Currás, subdirector general y director Territorial Centro de Banco Sabadell destacó que "En BS sabemos que estar cerca de los colegios profesionales es estar cerca de los profesionales, un importante activo económico y social. La Dirección de Colectivos Profesionales se creó hace más de 30 años con el objetivo de conocer de primera mano las necesidades específicas de los colectivos a los que representan los colegios, para poder ofrecerles productos y servicios acordes a las mismas."

También presentes en la reunión mantenida por parte del Sabadell, el director institucional Territorial Centro, Carlos Martín; la directora de Colectivos profesionales/empresariales y Banca Asociada Nacional, Rosario Fernández; y el director de la oficina en la c/ Serrano 18 de Madrid, Ignacio Medina.

En esta misma web estará a disposición de los colegiados los convenios firmados (área privada, Acuerdos de Colaboración), y un banner exclusivo con información de interés del Banco Sabadell.

En la imagen, Gabriel M.ª de Diego con Eduardo Currás, subdirector general y director Territorial Centro.
14/07/2020
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Recibimos del decanato de los Juzgados de Getafe copia del Acta de Junta Sectorial de Jueces de Primera Instancia, Instrucción y Violencia sobre la Mujer de 2 de julio, en la que se debatió y votó el único punto del orden del día: Normalizar la celebración de Juicios Rápidos con detenidos y señalamientos de delitos leves.