La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha aprobado el día 8 de octubre una nueva "Actualización de la Guía de buenas prácticas y adopción de medidas de salud profesional para prevención de contagios" con el fin de adaptarla a las instrucciones del Ministerio de Sanidad y a las medidas procesales y organizativas establecidas por el Ministerio de Justicia.
Las medidas contenidas en la Guía, persiguen un triple objetivo: asegurar el normal funcionamiento de los órganos judiciales en aquellos aspectos que son competencia del CGPJ, en coordinación con otras administraciones; que la actividad judicial esté adaptada a los criterios sanitarios vigentes para la prevención de contagios y protección de la salud; y fomentar la transformación digital en el ámbito de la justicia, adoptando nuevas formas de organización y estructuración del trabajo.
La Guía pone el acento en la importancia de incorporar el teletrabajo como método de organización de la actividad del juez, siempre que sea posible desde el punto de vista de las garantías procesales y se disponga de los medios tecnológicos necesarios.
Fuente: BOCM
EL BOCM publica la Orden 1322/2020, de 9 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
La Comunidad Madrid mantiene restricciones de movilidad en puntos que quedan fuera del decreto de Estado de Alarma del Gobierno añadiendo,
- Municipio de Colmenar Viejo:
Zona básica de salud de Colmenar Viejo Norte.
- Municipio de Arganda del Rey:
Zona básica de salud de Arganda del Rey.
- Municipio de Coslada:
Zona básica de salud Valleaguado.
- Municipio de Collado Villalba:
Zona básica de salud Sierra de Guadarrama.
- Surtirá efectos desde las 0:00 horas del día 12 de octubre de 2020 por un periodo inicial de catorce días naturales.
El ICPM continuará expidiendo a sus colegiados ejercientes CERTIFICADOS para facilitar su MOVILIDAD profesional.
Fuente: BOE
El BOE publica hoy a primera hora de la tarde el Real Decreto 900/2020, de 9 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para responder ante situaciones de especial riesgo por transmisión no controlada de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
Alcobendas
Alcorcón
Fuenlabrada
Getafe
Leganés
Madrid
Móstoles
Parla
Torrejón de Ardoz
- Se restringe la entrada y salida de personas de esos 9 municipios, salvo para causas debidamente justificadas.
- Se permite la circulación de residentes dentro de los municipios afectados, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias.
- Se desaconsejan los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
- La duración del estado de alarma aprobado hoy en el Consejo de Ministros y declarado para 9 municipios de la Comunidad de Madrid será de 15 días naturales.
- El presente real decreto entrará en vigor desde el instante mismo de su publicación en el BOE.
El ICPM continuará expidiendo a sus colegiados ejercientes CERTIFICADOS para facilitar su MOVILIDAD profesional.
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid ha denegado, por verse afectados los derechos y las libertades fundamentales, la ratificación de las medidas acordadas en el apartado tercero de la Orden de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se establecen medidas preventivas en determinados municipios de la región en ejecución de la Orden del ministro de Sanidad por la que se aprueban actuaciones coordinadas en salud pública.
- "Las medidas limitativas de derechos fundamentales que establece la Orden 1273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, meramente en ejecución de la Orden comunicada de 30 de septiembre de 2020, constituyen una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare, es decir, no autorizada por sus representantes en las Cortes Generales, por lo que no puede ser ratificada".
- "La Sala -finaliza el auto- es consciente de la gravedad de la crisis sanitaria sin precedentes, ante la que se enfrentan los poderes públicos y que padece nuestra sociedad, constatada ya el 11 de marzo de 2020, cuando la Organización Mundial de la Salud elevó la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. También lo es de la necesidad de adoptar medidas inmediatas y eficaces de diversa índole para proteger la salud de los ciudadanos, contener la propagación de la enfermedad y reforzar el Sistema Nacional de Salud, entre las que cabría incluir medidas limitativas de derechos fundamentales de mayor o menor alcance. Para ello nuestro sistema constitucional articula instrumentos jurídicos de diversa naturaleza que ofrecen cauces jurídicos diferentes para delimitar, modular, restringir, e incluso suspender los derechos fundamentales de las personas, respetuosos con las garantías constitucionales".
Recibimos Acuerdo del decanato de Aranjuez en relación con las restricciones, hasta el día 21 de junio de 2021 y sin perjuicio de modificación, del acceso de los justiciables a la sede judicial, pudiendo acceder únicamente:
- El Personal al servicio de la Administración de Justicia y de los profesionales -Procuradores y Abogados- siempre que su comparecencia en el Juzgado sea imprescindible, por no poder efectuarse la gestión por medios telemáticos.
- Quienes justifiquen una citación judicial de algún Juzgado o del Decanato, o del Registro Civil o de la Consulta Médico Forense, quienes justifiquen tener un procedimiento o expediente abierto en alguno de los citados servicios que requiera su presentación en la sede, por no poder efectuar la gestión por medios telemáticos y estén previamente citados.
- Para obtener cita previa deberán ponerse en contacto con los siguientes teléfonos:
DECANATO 918914918
REGISTRO CIVIL 918922018
JUZGADO NÚM. 1 918913541
JUZGADO NÚM. 2 918920540
JUZGADO NÚM. 3 918912143
JUZGADO NÚM. 4 918351924