Fuente: BOCM
El BOCM de hoy publica la Orden 1244/2021, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria.
Según se expone en la introducción, resulta conveniente aprobar una nueva Orden, en sustitución de la Orden 572/2021, de 7 de mayo, en la que se establezcan, con carácter general, las medidas preventivas aplicables en nuestra región para hacer frente al SARS-CoV-2, sin perjuicio de la adopción de medidas específicas adicionales para determinados ámbitos si la evolución de la crisis así lo requiriera.
- Octavo. Uso obligatorio de mascarillas.
1. Todas las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
. a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
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2. La obligación de uso de mascarilla no será exigible en los siguientes casos:
. e) En los centros de trabajo cuando los trabajadores permanezcan sentados en su puesto de trabajo siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otros trabajadores y/o usuarios de las instalaciones.
. f) Durante las intervenciones de las partes en toda clase de procesos judiciales siempre que se pueda garantizar la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros con otras personas o, en su defecto, se disponga de mamparas separadoras de protección.
- Sexagésimo. Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y actos similares. Celebración de juntas de comunidades de propietarios.
- La presente Orden producirá efectos desde las 00:00 horas del día 4 de octubre de 2021 y mantendrá su vigencia hasta que el Gobierno de España declare la finalización de la situación de crisis sanitaria.
El BOCM publica hoy el Acuerdo de 29 de septiembre de 2021 del Consejo de Gobierno, por el que se fijan los servicios mínimos con ocasión de la huelga convocada por la Comisión Abierta de Huelga Estatal por la lucha de los trabajadores en precario de las Administraciones Públicas.
Concretamente, se informa de la comunicación de la convocatoria de una huelga general en la Administración Pública (ámbito nacional, autonómico y local), para los días 29 Y 30 DE SEPTIEMBRE, 4, 13, 14, 27 y 28 DE OCTUBRE y afectará a todos los empleados públicos, funcionarios y laborales, tanto temporales como fijos. La huelga convocada, según exponen los convocantes, abarcará la jornada completa de los mencionados días, excepto la del día 4 de octubre, cuyo horario será de 10:30 a 13:30 horas.
- II. ACTIVIDADES JUDICIALES: El artículo 496.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece que el derecho de huelga se ejercerá en los términos contenidos en la legislación general del Estado para funcionarios públicos, garantizándose el mantenimiento de los servicios esenciales de la Administración de Justicia.
En la Administración de Justicia se deben considerar esenciales aquellos servicios que ineludiblemente deben estar en funcionamiento en cualquier situación para garantizar el servicio público. Así, deben considerarse esenciales las actuaciones judiciales declaradas urgentes por las Leyes procesales, entre ellas las que constituyen el objeto del servicio de guardia.
Respecto de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, debe considerarse que la violencia de género conculca derechos fundamentales proclamados en nuestra Constitución, como la libertad, la igualdad, la vida y la no discriminación, que dichas situaciones de violencia sobre la mujer afectan a los menores que pueden resultar víctimas de forma directa o indirecta de este tipo de violencia, y han de ejecutarse con carácter de urgencia las medidas de protección a las mujeres y a sus hijos.
- Este Acuerdo producirá efectos el mismo día de su publicación en el BOCM.
En relación con los acontecimientos extraordinarios provocados por la erupción del volcán, damos traslado del contenido del comunicado de la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia con instrucciones respecto de la prestación del servicio por los Letrados de la Administración de Justicia destinados en los órganos judiciales que tienen sede en las localidades afectadas:
1. El Servicio de Guardia se prestará en la forma habitual, acudiéndose a los turnos de sustitución ordinaria si fuere necesario para cubrirlo.
2. Se recomienda, en aras del mantenimiento y prestación efectiva del Servicio Público de Justicia, que los Letrados de la Administración de Justicia prioricen el uso de los medios telemáticos disponibles para la realización de todas aquellas actuaciones judiciales en las que esto sea posible.
3. Se recomienda igualmente que presten especial y pronta atención a las solicitudes de interrupción de los plazos y demora de los términos en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos (artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil) y a las peticiones de suspensión del proceso por acuerdo de las partes (artículo 179 de la misma Ley), todo ello cuando traigan causa de la extraordinaria situación que se vive en la isla.
4. Estas medidas iniciales se mantendrán en tanto persista la situación excepcional acaecida como consecuencia de la activación del volcán, a la espera de su evolución y en tanto no sean sustituidas por otras distintas que puedan resultar procedentes a la vista de dicha evolución. Para conseguir la mayor eficacia de estas medidas excepcionales y el mantenimiento del servicio en las mejores condiciones posibles dadas las circunstancias, se cuenta con la acreditada responsabilidad individual de todos los letrados de la Administración de Justicia y con su máxima colaboración.
La presidenta de la Comisión de Formación del ICPM, Carmen Giménez Cardona, mantuvo el pasado viernes una charla online con alumnos del máster de acceso a la profesión de abogado de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, para explicar a los alumnos la actividad y funciones de la procura, finalizando la jornada con un participativo debate.
Estos contactos forman parte del Plan de Estudios del máster para dar a conocer a los alumnos la actividad de los distintos profesionales y operadores jurídicos, así como para familiarizarse con el funcionamiento de las instituciones relacionadas con el ejercicio profesional.
Recibimos acuerdo de la Secretaría de Gobierno de la Audiencia Nacional con el punto noveno del acta de la Sala de Gobierno:
- Propuesta de 3 de septiembre de 2021 formulada por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, relativa a la modificación del turno de ponencias y distribución de asuntos entre los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, como consecuencia del cese de dos magistrados adscritos a dicha sección.