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20/01/2022
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Fuente: Circular n.º 5/22, de 19 de enero de 2022
Facilitamos enlace al calendario anual del servicio de guardia de los juzgados de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Además, se puede acceder a los enlaces del Acuerdo 1. Veintitrés Acta nº 14/2021 de la Junta de jueces de los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid, y al calendario para el reparto de asuntos urgentes.
19/01/2022
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- 24 y 25 de febrero, en doble modalidad: presencial y virtual.
- Salón de Grados de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid.

La entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha supuesto una trascendental modificación no solo en las diferentes disposiciones legales afectadas, sino también en la concepción de determinados postulados tradicionales en relación con las personas físicas.

De entre las personas con discapacidad concernidas por la nueva normativa, las afectadas por una discapacidad intelectual son, probablemente, las que plantean una más abundante problemática, que será analizada por diferentes operadores jurídicos a través de los temas que se consignan en el Programa.

Programa e información completa en el siguiente enlace:
18/01/2022
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- El nuevo edificio judicial ya está completado en un 40% de su construcción.
- El avance de estos trabajos permitirá cumplir con el plazo previsto de finalización de la obra, fijado para el mes de octubre.

El consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López, ha informado hoy del estado de las obras de construcción a los alcaldes y concejales de las localidades madrileñas adscritas al partido judicial de Valdemoro. Así, junto al regidor de esta localidad del sur de la región, han acudido primeros ediles y portavoces municipales de Chinchón, Ciempozuelos, San Martín de la Vega, Titulcia, Torrejón de la Calzada, Torrejón de Velasco y Valdelaguna. En este acto también se ha contado con la presencia de la jueza decana de los juzgados de Valdemoro, Concepción Azuara.

"En el caso de Valdemoro, este recinto, del que se beneficiarán casi 140.000 vecinos del sur de la Comunidad, permitirá acabar con la dispersión de sedes judiciales, al unificarse en una las tres existentes en la actualidad, lo que redundará en la agilización de los procedimientos judiciales" ha añadido López.

El nuevo edificio concentrará en 10.445 metros cuadrados hasta 14 juzgados, los ocho de Primera Instancia e Instrucción actuales y uno estanco de Guardia. Además, este complejo tiene espacio suficiente para poder albergar en el futuro otros seis juzgados más y dispondrá, asimismo, de espacio para el Colegio de Procuradores, el Colegio de Abogados, y estancias para la Fiscalía, mediación, forensía y un Registro Civil.

López también ha aprovechado su presencia en Valdemoro para conocer los trabajos realizados en la sede judicial de la Glorieta de las Sirenas, que ha permitido habilitar un espacio para el nuevo Juzgado Mixto número 8, correspondiente a la nueva planta judicial de 2021, y que entró en funcionamiento el pasado 31 de diciembre.
14/01/2022
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En la tarde de ayer tuvo lugar la celebración del solemne acto de jura de nuevas compañeras procuradoras que, una vez cumplimentados los requisitos de colegiación, se incorporan como ejercientes.

Abrió el acto el secretario y, a continuación, los respectivos padrinos/madrinas presentaron a Cristina Zavala de Paz, Oria Patricia Martínez Bengoechea, María Dolores Hernández Pérez, Elena Garcinuño González, Diana Sánchez Martín-Herradón y Carmen Sánchez Muñoz, que juraron o prometieron el cargo de procuradora.

El decano Gabriel M.ª de Diego dirigió unas palabras de bienvenida a las ya nuevas colegiadas, destacando los valores de una profesión en continua actualización, especialmente en estos tiempos difíciles, y afirmó "representáis el futuro de la profesión", animando a "trabajar con dignidad, compañerismo y respeto a las instituciones", así como a participar en la actividad colegial, para finalizar ofreciendo todo el apoyo de los miembros de la Junta de Gobierno en el inicio del ejercicio profesional.

(En la imagen, de izda. a dcha., Oria Patricia Martínez Bengoechea, Carmen Sánchez Muñoz, María Dolores Hernández Pérez, Cristina Zavala de Paz, Diana Sánchez Martín-Herradón, el decano Gabriel M.ª de Diego, Elena Garcinuño González, y la vocal Carmen Giménez.
En segunda fila los vocales de la Junta, Marta Franch, Ignacio Melchor, Alberto García Barrenechea, Noel de Dorremochea, y el secretario Manuel Ortiz de Apodaca)
13/01/2022
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Fuente: Comunicación Poder Judicial
Los Acuerdos de Pleno No Jurisdiccionales de la Sala Tercera del Tribunal Supremo constituyen la expresión de las conclusiones alcanzadas por todos los Magistrados y Magistradas que la integran, reunidos con el objeto de unificar criterios en relación con cuestiones hermenéuticas controvertidas o problemáticas, surgidas por lo general como consecuencia de un cambio legislativo, que no hayan sido resueltas por la Sala de modo consolidado, o sobre las cuales hayan aparecido criterios distintos a los hasta entonces existentes.

Sobre esta base, la Sala Tercera del Tribunal Supremo celebró una sesión plenaria no jurisdiccional el día 3 de noviembre de 2021, y publicada en su web institucional con fecha del 11 de enero, con los siguientes Acuerdos:

I. Sobre la aplicación de la rehabilitación del plazo, del art. 128.1 de la Ley Jurisdiccional 29/1998 (LJCA), en los escritos de preparación e interposición de los recursos de casación: no siendo de aplicación al escrito de interposición el mecanismo de rehabilitación de plazos procesales del art. 128.1 LJCA, el escrito de interposición del recurso de casación regulado en el artículo 92. 1º de nuestra Ley procesal no puede acogerse a la posibilidad de presentarlo dentro del día en que se notifique la resolución que declare la caducidad del trámite.

II. Sobre el contenido y trascendencia del pronunciamiento de la Sección Primera de la Sala en el Auto de Admisión del recurso de casación: el recurso se admite o se inadmite, pero no se admite o inadmite de manera parcial.

III. Sobre el contenido del escrito de interposición del recurso de casación.

IV. Sobre la posibilidad de hacer en la sentencia una revisión o reconsideración crítica de la valoración del interés casacional hecha en el auto de admisión.

V. Sobre el contenido de la sentencia y su relación con el interés casacional objetivo identificado en el auto de admisión.

VI. Sobre las consecuencias o trascendencia del sentido del juicio (estimatorio o desestimatorio) de la Sección de Enjuiciamiento acerca de la cuestión dotada de interés casacional, en relación con la decisión de las cuestiones y pretensiones deducidas en el proceso.