Fuente: BOE
Por su interés, facilitamos enlace al BOE del 6 de enero y a la sentencia del Tribunal Constitucional, Sala Segunda, sentencia 146/2022, de 28 de noviembre de 2022: Recurso de amparo 6730-2021, promovido por don ------ respecto de las resoluciones de la Audiencia Provincial de Madrid que declararon desierto el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia dictada por un juzgado de primera instancia de Alcalá de Henares en proceso de divorcio.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso): desatención del deber de recabar de oficio, con suspensión de las actuaciones, la DESIGNACIÓN DE OFICIO DE PROCURADOR que representara a quien interpuso recurso de apelación:
- "El recurso de apelación es declarado desierto por no haberse producido la personación del recurrente ante la Audiencia Provincial de Madrid dentro del plazo conferido al efecto, cuando lo cierto es que esa falta de personación en tiempo y forma no es imputable a su falta de diligencia sino a la actuación del letrado de la administración de justicia, que incumplió su deber legal de recabar la designación de procurador de oficio para representar al recurrente en la apelación y de suspender el curso de las actuaciones hasta que se produjera esa designación (arts. 7.3 y 16 LAJG), a fin de evitar precisamente la pérdida para el recurrente de su derecho a impugnar la sentencia recaída en la primera instancia."
- "En conclusión, la falta de personación en tiempo y forma en el recurso de apelación no resulta imputable a la pretendida inactividad del recurrente, sino a la actuación del letrado de la administración de justicia de la Sección Vigesimosegunda de la Audiencia Provincial de Madrid, que no suspendió el curso de las actuaciones hasta que la nueva procuradora de oficio designada por el Colegio de Procuradores pudiera personarse en el recurso de apelación en representación del recurrente."
En el día de hoy se ha procedido al abono a los colegiados de las cantidades pendientes correspondientes al mes de octubre de Justicia Gratuita y del Turno de Oficio, y al mes de noviembre del Turno de Oficio, de la Comunidad de Madrid.
El Ministerio de Justicia pone en marcha el sistema electrónico para el procedimiento especial de microempresas, como continuación a la publicación en el BOE del 30 de diciembre de la Orden JUS/1333/2022, de 28 de diciembre, con entrada en vigor el día 1 de enero de 2023, de condiciones de acceso y modo de funcionamiento del servicio electrónico, para la cumplimentación de los formularios normalizados y de las especificaciones técnicas de la plataforma electrónica de liquidación de bienes previstas en la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal
Con el fin de facilitar la labor de presentación en esta nueva plataforma, facilitamos acceso a las guías formativas prácticas facilitadas por el Ministerio, así como a las direcciones de correo electrónico de atención al usuario, en el área privada de esta misma web, Circularles, Circular nº 02/23 (exige autentificación):
Informamos de la publicación en el área privada de esta misma web, sección Circulares, de la comunicación recibida de la asesoría fiscal del ICPM con fecha 1 de enero, que recoge:
- Tipos de retención e IVA (21%)
- Calendario Fiscal enero-febrero
- Interés Legal del dinero
Además, y siendo conscientes de la complejidad que puede entrañar la elaboración de estos modelos, todos aquellos colegiados que quieran ser informados con más detenimiento de estas u otras materias, o que quieran que se les realice las obligaciones tributarias citadas, pueden hacerlo contactando directamente con la mencionada Asesoría Fiscal del ICPM.
Enlace a la sección Circulares (exige autentificación):
Fuente: BOE
Facilitamos enlace al BOE de hoy que publica el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, entre ellas, la suspensión de desahucios:
- Artículo 68. Modificación del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
- Se amplía hasta el 30 DE JUNIO DE 2023 la suspensión de los procedimientos y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos, así como la posibilidad, hasta el 31 de julio de 2023, de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario, medida ya recogida en el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes.