Recibimos información sobre la próxima interrupción del Servicio de Archivo Electrónico de Apoderamientos Judiciales, con motivo de realizarse labores de mantenimiento, el día 28 de febrero, desde las 06:00 y hasta las 08:00 h.
Durante la intervención se verán interrumpidos los siguientes servicios: archivo electrónico de Apoderamientos Judiciales y Apud Acta a través de Sede Judicial Electrónica.
Como continuación a la información de convocatoria de huelga efectuada por las asociaciones de letrados de la Administración de Justicia, para todo el territorio nacional y con carácter indefinido desde el martes 24 de enero, facilitamos copia del Acuerdo recibido del TSJM de fecha 17 de febrero, con los servicios mínimos en el ámbito de la Comunidad de Madrid para las jornadas del 20 AL 28 DE FEBRERO, en el área privada de esta misma web: Info, Actualidad, Documentos.
Facilitamos enlace al justificante de la anomalía producida en la prestación del servicio de LexNet, desde el día 17 de febrero a las 20:00 h hasta el día 19 de febrero a las 5:00 h, y que no permitieron su correcto funcionamiento.
Facilitamos enlace al justificante de la anomalía producida en la prestación del servicio de LexNet a lo largo del día de ayer, 16 de febrero, que no permitieron su correcto funcionamiento.
Fuente: BOCM
- Sustituye a la de Tutela de Adultos, que se encarga de los mayores de edad con medidas judiciales de apoyo.
El BOCM publica hoy la Ley 1/2023, de 15 de febrero, de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad (AMAPAD), que tiene como principales fines la defensa judicial de los residentes en la región a los que se haya iniciado un procedimiento de provisión de medidas judiciales de apoyo; el ejercicio inexcusable de la curatela -figura legal que se define como la medida de atención a una persona con discapacidad que no cuenta con plena capacidad y requiere de asistencia continuada-; el desarrollo de actuaciones para que puedan ejercer su capacidad jurídica con el alcance que determine la autoridad judicial o el propio interesado en escritura pública, y la adopción de medidas de carácter urgente en los casos que lo requieran para evitar situaciones de desamparo.
La presente Ley entrará en vigor el día posterior al de su publicación en el BOCM.