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11/09/2023
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Finalizado el traslado de sede, estamos operativos en el nuevo emplazamiento de la calle Sor Ángela de Cruz 24 local, Madrid 28020, desde hoy lunes 11 DE SEPTIEMBRE, prestando atención a profesionales, ciudadanía y colegiados, en horario habitual y con los mismos teléfonos y correos electrónicos de contacto.

08/09/2023
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Fuente: @lexnetjusticia
Reproducimos la publicación de la cuenta de @lexnetjusticia en la red social X en la mañana de hoy, a las 9:58 h:

- Por motivos ajenos a la DGTDAJ, se ha CANCELADO la intervención planificada para el día de hoy de 20:00 a 23:00 horas, debido a las labores de mantenimiento que se iban a realizar en aplicaciones pertenecientes a organismos externos a esta Dirección General.
07/09/2023
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Como continuación a las informaciones publicadas en esta misma web desde finales de marzo damos traslado del contenido de la Diligencia de Constancia del decanato recibida hoy, comunicando que se ha procedido a enviar a los juzgados las demandas de inicio y ejecuciones pendientes presentadas hasta el 17 de junio y el 15 de junio de 2023, respectivamente.
07/09/2023
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Fuente: www.poderjudicial.es
- Fecha fin presentación de candidaturas: 30 de septiembre.

El órgano rector del Foro Justicia y Discapacidad del Consejo General del Poder Judicial destaca con estos premios a las personas e instituciones que se distinguen por su trabajo en este ámbito, como reconocimiento a su labor y como forma de sensibilizar a la sociedad mediante la divulgación de sus conductas ejemplares.

Facilitamos enlace a las bases de la convocatoria y hoja de participación 2023:
06/09/2023
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Fuente: https://www.administraciondejusticia.gob.es
El Servicio electrónico de Microempresas es una plataforma destinada a poder llevar a cabo el procedimiento especial para microempresas, regulado en el Libro III del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal y ha sido introducido en esta norma por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre.

Este procedimiento es aplicable a los deudores, sean personas naturales o jurídicas, que llevan a cabo una actividad empresarial y se encuentran en probabilidad de insolvencia, en estado de insolvencia inminente o en insolvencia actual, siempre que reúnan las siguientes características:
- Haber empleado durante el año anterior a la solicitud a una media de menos de 10 trabajadores.
- Tener un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud.

La cumplimentación de los formularios ha de realizarse en línea a través del Servicio electrónico de Microempresas.

Facilitamos enlace a los archivos Excel modificados para mejorar y facilitar la carga de datos, plantillas de activos y pasivos así como a las guías para su rellenado: